"DECLARA" acreedora del Beneficio de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo, a la Penada CRUZ MARIA MALAVE, plenamente identificado ut supra, según lo Establecido en el Artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo o el Estudio, a razón de un día de reclusión por dos de Trabajo, reduciéndose la pena de SIETE (07) AÑOS DE PRISION a SEIS (06) AÑOS, TRES (03) MESES Y VEINTITRES (23) DÍAS.-