DISPOSITIVA
En virtud de las razones fácticas y de Derecho expuestas, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MATURIN, SANTA BARBARA Y AGUASAY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud de Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos, incoada por los ciudadanos: JAQUELINE ANGELICA GASCON NUÑEZ Y ENRIQUE RICARDO CONTRERAS RANGEL, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. 13.744.632 y 10.509.256, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio HUMBERTO CAMINO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 5.639. En consecuencia, declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNE, el cual contrajeron por ante la el Registro Civil Boquerón, Parroquia Boquerón del Municipio Maturín del Estado Monagas, el día 18 de A.....