Por los razonamientos que anteceden este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil y los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, declara: ADMISIBLE el Recurso de Casación, anunciado por el abogado ARGENIS VILLANUEVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 9.297.289, abogado en ejercicio, INPREABOGADO bajo el N° 37.759, actuando en nombre y representación de la parte demandante JUAN JOSE RAMIREZ NUÑEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 5.392.223,interpuesto en fecha veintisiete (27) de Octubre de 2022,en contra de la sentencia dictada por este Órgano Jurisdiccional, en fecha 21 de Octubre de 2022; todo ello de conformidad con lo establecido en los .....