Declara: CON LUGAR LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL, incoada por la ciudadana PAOLA MARTINA LÓPEZ CORDOVA, en contra de la entidad de trabajo LAGO EXPRESA SANTA TERESITA, C.A.; ambas partes identificadas en autos, y en consecuencia, este Tribunal DECLARA: CON LUGAR LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL INTERPUESTA, y queda la agraviada, ciudadana PAOLA MARTINA LÓPEZ CORDOVA, identificada suficientemente en autos, AMPARADA en sus derechos Constitucionales, Derecho al Trabajo y Deber de Trabajar, Protección al Trabajo, Estabilidad Laboral, y demás derechos legales que pudieren corresponderles en los términos contenidos en los artículos 87 y 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en razón de lo cual este Tribunal ordena lo siguiente: ÚNICO: Deberá la agraviante la entidad de trabajo LAGO EXPRESA SANTA TERESITA, C.A., igualmente identificada en autos, DAR INMEDIATO CUMPLIMIENTO a la Providencia Administrativa signada con N° 00313-2011, de fecha 07 de Junio del 2011,.....