En base a los argumentos anteriormente analizados y con fundamento en los artículos 2, 26, 256 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, 546, 585, 588, 590 y 602 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la oposición a la medida de embargo ejecutada por el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Sotillo, Libertador y Uracoa de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, presentada por el abogado CARLOS FARIAS GARBAN, con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ANDRES ENRIQUE BOTTINI y OSMELIDA GONZALEZ DE BOTTINI (suficientemente identificados en autos), en tal virtud se ordena levantar la medida de embargo preventivo, practicada por el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Sotillo, Libertador y Uracoa del Estado .....