Por todo lo antes expuesto este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial del Estado Monagas, En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara Sin Lugar la solicitud de revisión de la Medida Judicial Preventiva Privativa de Libertad del acusado WILLIANS JOSÉ MECÍAS BRITO, Venezolano, mayor de edad, soltero, hijo de Norys Brito (v) y José Aníbal Mecías (v), Ayudante de Albañilería, nació en Caripito Estado Monagas, el día 16-04-84, titular de la Cédula de identidad Número 17.707.101, y domiciliado en la entrada del Barrio Pinto Salinas, calle Altamira, casa S/N°, de Maturín, Estado Monagas, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal, en concordancia con el artículo 83, del Código Penal antes de la reforma, todo de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 8, 9, 243, 250, 251 y 264 del Código Orgánico .....