En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República de Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA el desistimiento del procedimiento que formuló la MARÌA MAGDALENA SUBERO DE MEJIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cèdula de identidad número 4.433.712, con domicilio en Sector Orquídea del Sur, Casa Nro. 36, Maturìn del Estado Monagas, asistida por la abogada ZORAIDA E AGUILARTE C., inpreabogado Nro. 125.804, en el juicio de DIVORCIO ORDINARIO, interpuesto contra ELADIO ENRIQUE MEJIA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cèdula de Identidad Nro. 2.893.681.
Devuélvanse los documentos acompañados con el escrito libelar en copias fotostáticas, previa certificación en autos.
Se dicta esta sentencia en esta fecha debido al volumen de expediente y a la falta de personal.
PUBLÍQUESE, .....