DISPOSITIVA
En consecuencia de lo anteriormente establecido, este TRIBUNAL TERCERO DEL MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MATURIN, AGUASAY Y SANTA BARBARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, en nombre de la República y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: INADMISIBLE LA PRESENTE DEMANDA DE DIVORCIO POR DESAFECTO, presentada por el Abogado FRANCISCO ANTONIO SÁNCHEZ MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-6.807.046, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 79.751, quien anexa copia simple de poder otorgado por el ciudadano JOSÉ FÉLIX MORENO LIZARDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-10.951.93 quien solicita la disolución del vinculo conyugal que lo une a la ciudadana PATRICIA EMELINA VELASQUEZ PALERMO, titular de la cedula de identidad N° V-10.939.927, de conformidad con la Jurisprudencia patria y concordancia con los artículos 49, 334 de la Constitución de la República de Vene.....