Por todas y cada una de las razones que anteceden, esta Sala de Juicio del Juzgado de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, con base en los artículos 185-A del Código Civil, 12 del Código de Procedimiento Civil y 177 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes declara, CON LUGAR la acción de Divorcio intentada por los ciudadanos MANUEL JOSE PEREZ PEREZ Y MARINE JOSE MARQUEZ BENITEZ, ya identificados. Por consiguiente DISUELTO el vinculo matrimonial que los unía. Por cuanto los cónyuges convinieron el régimen a favor de la hija, este Tribunal HOMOLOGA dicho Régimen quedando establecido de la siguiente manera: Este tribunal en el Interés Superior de la niña antes mencionada de conformidad con lo establecido en el Artículo 351, 385, 387 y 360 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes este Tribunal establece.....