Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 70 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: CONFLICTO NEGATIVO DE COMPETENCIA la presente demanda, intentada por la ciudadana MILADYS DEL CARMEN NATERA ACEVEDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.287.255, contra el ciudadano ALCIDES RAFAEL NATERA ACEVEDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.625.271. Se ordena remitir las presentes actuaciones al Juzgado de Alzada. Por la naturaleza de la presente decisión no hay condenatoria en costas.
Publíquese. Diarícese regístrese y déjese constancia en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve, así como copia para el copiador de sentencias.
Dado, firmado y sellado en.....