este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR la acción intentada y en consecuencia de ello téngase a la ciudadana LIDIA ROSA CUPARE SANTOYA, como nacida en el caserío Chaguaramal, Municipio Piar del Estado Monagas, en fecha 06 de Diciembre de 1981, siendo hija de los ciudadanos VÍCTOR ANTONIO CUPARE y ROSA SANTOYA QUIJADA.-
Envíese copia certificada de la sentencia firme y debidamente ejecutoriada al Director de Registro Civil del Municipio Piar del Estado Monagas, a los fines de que se sirvan insertarla en los Libros de Registros de Nacimientos llevados por ante ese Despacho, durante el presente año, para que en lo sucesivo le sirva a la ciudadana LIDIA ROSA CUPARE SANTOYA, de su respectiva partida de nacimiento, de confo.....