Por todos lo antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MATURÍN, AGUASAY Y SANTA BÁRBARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara INADMISIBLE la solicitud de DIVORCIO, intentado por el ciudadano EDUARDO JOSE ALAYON RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-10.891.929 y de este domicilio, demanda que hago en contra de la ciudadana YULAIMA AURORA ALVAREZ DE ALAYON, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V-12.561.359. Así decide.-