Esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por las Defensoras de los acusados CARLOS LUIS RODRIGUEZ Y ORLANDO RAFAEL RONDON, plenamente identificado en actas, contra de la sentencia dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en el proceso penal ventilado en el asunto principal N° NP01-P-2006-000311, mediante la cual se CONDENÓ a los Ciudadano, arriba mencionado, a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, Previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de las victimas María Eugenia Blanco, Luis Miguel Guzmán y Julio Blanco. Así se declara.