Se DECLARA: EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra del ciudadano JHONNY JOSE MARCANO CASTILLO, Venezolano, natural de Irapa Estado Sucre, donde nació en fecha 29-08-1985, de 23 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-I20.202.472, grado de instrucción Sexto Grado, de profesión u oficio: Obrero Estado Civil: Soltero, hijo de: Milagros Castillo (V) y Bacilio Marcano, domiciliado en: Santa Elena de las Piñas, calle dos, casa Nº 4-A, por la calle principal del tanque, sector Tipuro Maturín Monagas, por la comisión de los delitos APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO previsto y sancionado en el articulo 470 del Código Penal Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD previsto y sancionado en el articulo 218 numeral 1 ejusdem, en perjuicio de JOSE VICENTE NIEVES VALDIVIESO Y ESTADO VENEZOLANO.