Se ordena la Apertura a JUICIO ORAL Y PÚBLICO a tenor de lo dispuesto en los Artículos 313 ordinal 2° y 314 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, contra de los acusados JAVIER JESUS GONZALEZAGUILERA, y LUIS JESUS RIVAS RONDON, , por la presunta comisión del delito de por la presunta comisión del delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el articulo 5 y 6 ordinales 4 y 5 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehiculo Automotor, adicionalmente para el ciudadano JAVIER JESUS GONZALEZ AGUILERA, la presunta comisión del delito de EVASIÓN previsto y sancionado en el articulo 259 del Código Penal.