Mediante auto se DECRETA la LIBERTAD RESTRINGIDA del imputado RONNY DANIEL RONDON GUZMAN venezolano, natural de Aguasay Estado Monagas, nacido en fecha 05-06-1981, de 30 años de edad, de estado civil casado, de oficio Agricultor, hijo de Cruz Maria Guzmán (v) y Guillermo Rondon (D), titular de la cédula de Identidad número V- 19.257.451 y domiciliado en: el Sector Fe y Alegría, Calle Principal, Casa Numero 02, Aguasay Estado Monagas, imponiéndole una MEDIDA CAUTELAR DE PRESENTACION CADA 20 DÍAS por ANTE EL ALGUACILAZGO DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL, así como la OBLIGACION DE COMPARECER A TODOS LOS LLAMADOS QUE LE HAGA EL TRIBUNAL, de conformidad con lo establecido en los ordinales 3 y 9 del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, por aplicación expresa del artículo 230 ejusdem en su primer aparte.