Se ordena la Apertura a JUICIO ORAL Y PÚBLICO, a tenor de lo dispuesto en el Artículo 330 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, admitiendo en consecuencia la calificación jurídica dada por parte del Fiscal del Ministerio Público contra el ciudadano GILBERTO CEDEÑO, contra el ciudadano LUIS NATIVIDAD GIL, Venezolano, nacido en fecha 07/04/1973, de 38 años de edad, de estado civil Casado, titular de la cedula de identidad Nº 11.449.821, domiciliado en la calle N° 05, casa N°07, Sector la paz, Parroquia Boquerón, del Municipio Maturín, Estado Monagas, por la presunta comisión de los delitos de APROVECHAMIENTO FRAUDULENTO DE FONDOS PÚBLICOS, previsto y sancionado en el artículo 74 de la Ley Contra la Corrupción y DEPÓSITO DE FONDOS PÚBLICOS EN CUENTA PARTICULAR ABIERTA, previsto y sancionado en el artículo 81, en su primer aparte de la Ley Contra la Corrupción; ambos en perjuicio del Estado Venezolano.