Mediante auto se DECLINA LA COMPETENCIA POR RAZON DEL TERRITORIO, del asunto signado bajo la nomenclatura NP01-P-2012-011544, del ciudadano ANTHONY JOSE SANDOVAL CANDALLO, Venezolano, Mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 20.375.615, el cual se encuentra solicitado, por el Tribunal Tercero de Control del Segundo Circuito Judicial del estado Sucre, según Oficio Nro. RJ11OF02012006891 de fecha 01-08-2012, expediente Tribunal Nro. RP-11-P-2012-001623, por los delitos de ROBO AGRAVADO Y ASOCIACION PAR DELINQUIR, así mismo registra antecedentes por la suB delegación del cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Ciudad Guayana por el delito de PORTE, DETENTACION Y OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, según expediente Nro. K110071001558 de fecha 12-05-2011, a los fines de que sea escuchado por su Juez natural, tal como lo prevé el artículo 9 del Texto adjetivo Penal, en concordancia con los artículos 57 y 61 del Código Orgánico Procesal Penal.