Se ordena la Apertura a JUICIO ORAL Y PÚBLICO a tenor de lo dispuesto en los Artículos 313 ordinal 2° y 314 ambos del Código Orgánico Procesal Penal a los acusados JHONNY JOSE DELGADO Y JUAN OLIVER GONZALEZ; por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DEL ROBO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previstos y sancionados en los artículos 406 cardinal 1 en relación con el artículo 80, el artículo 277 y 218 todos del Código Penal, por considerar que cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 308 del Código Orgánico Procesal Penal y existen suficientes y concordantes elementos para ser debatidos en un juicio oral y público.