Se dictó decisión mediante la cual se DECRETÓ: EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, POR PRESCRIPCIÓN DE LA ACCION PENAL, de conformidad a lo establecido en el Artículo 108 Ordinal 5° del Código Penal en concordancia con los Artículos 318 Ordinal 3° y 48 ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal, a favor de ALBERTO JOSE GOLINDANO, una vez firme la presente decisión generará los efecto previstos en el artículo 319 eiusdem, es decir, se pondrá termino al presente procedimiento.