Por ADMISIÓN DE LOS HECHOS se CONDENA a la ciudadana a la ciudadana LEONELA CAROLINA LEZAMA CARRION, titular de la cedula de identidad Nº 19.700.823, por encontrarse responsable de la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR previsto y sancionado en el articulo 5 en concordancia con lo previsto en el articulo 6 numerales 1,2, 3, 8 y 12 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de De Vehículos Automotores, en perjuicio de JUAN CARLOS CAMINOS, a cumplir la pena de NUEVE (9) AÑOS DE PRESIDIO.