Se admiten totalmente las pruebas ofrecidas por parte de la Vindicta Pública las cuales se encuentran totalmente descritas en el escrito acusatorio, por considerar esta quien aquí decide que las mismas son obtenidas de forma Lícita, y para el Juicio Oral y Público útiles, necesarias y pertinentes, por cuanto se encuentran relacionadas directamente con el hecho objeto de la investigación dejando constancia que este Tribunal en relación a la solicitud de la defensa en relación a que las mismas no sean incorporadas las experticias al juicio solo por su lectura, se acuerda en razón de que las mismas deberán ser ratificadas en audiencia oral y publica por los expertos que las hayan practicado. Posteriormente la Juez instruyó nuevamente a los imputados del procedimiento especial por admisión de los hechos y sus consecuencias jurídicas, manifestando los mismos ser inocentes, por lo cual no se acogen a tal procedimiento. TERCERO: Se ordena la Apertura a JUICIO ORAL Y PÚBLICO, a tenor de lo d.....