Este Tribunal Quinto de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, "Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley", PRIMERO: Admite parcialmente la acusación presentada por la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público, y la calificación del delito de ROBO GENERICO , previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal, y así como los elementos probatorios contenidos en la misma por ser, y se condena al acusado FREUDYS JOSE CORONA a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISION por la comisión del delito antes descrito, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 37, 74 ordinal 4° del Código Penal y 375 del Código Orgánico Procesal Penal.