Se ordena la Apertura a JUICIO ORAL Y PÚBLICO a tenor de lo dispuesto en los Artículos 330 ordinal 2° y 331 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, contra de los acusados ANGEL LUIS MARQUEZ MENDOZA, JHON GABRIEL FLORES, JAVIER JOSE FLORES FERRER y ENRIQUE JOSE MARCANO, admitiendo en consecuencia las Calificaciones Jurídicas otorgadas a los hechos por el titular de la acción penal presentada contra los referidos acusados, es decir en contra de ANGEL LUIS MARQUEZ MENDOZA por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO y LESIONES PERSONALES GENERICAS EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previstos y sancionados en los articulo 458 en relación con el 83, 277 y 416 en relación con el 424, respectivamente y todos del Código Penal vigente; JHON GABRIEL FLORES, JAVIER JOSE FLORES FERRER y ENRIQUE JOSE MARCANO por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO y LESIONES PERSONA.....