Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Quinto de Primera Instancia en funciones de Control en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA POR CUMPLIMIENTO DE ACUERDO REPARATORIO, y en consecuencia la extinción de la acción penal, de la causa seguida en contra de LEOMAR JOSÉ VALDEZ JIMENEZ, titular de la cédula de identidad N° 19.700.064, todo de conformidad con lo establecido en el ordinal 3° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en concatenación con el ordinal 6° del artículo 48 ejusdem, en consecuencia se ordena el cese de la Medida Cautelar Sustitutiva de la Privación de Libertad que pesa sobre el ciudadano LEOMAR JOSÉ VALDEZ JIMENEZ.
Regístrese la presente decisión, déjese copia y se deja constancia que en esta misma fecha se libraron los oficios conducentes. Cúmplase.