D I S P O S I T I V A
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal en función de Control del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, emite el siguiente pronunciamiento:
Se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO POR PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL en la presente causa, acogiendo la opinión fiscal, seguido por la Fiscalía Quinta del Ministerio Público, en contra de PERSONAS DESCONOCIDAS, por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en los ordinales 4° y 5° del artículo 455 del Código Penal Vigente para el momento de cometerse el mismo, en perjuicio de la ciudadana MARIA ESPERANZA ROJAS RUIZ, en concordancia con el ordinal 3° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal; por lo que se da por terminado el presente procedimiento penal, en virtud de lo establecido en el ordinal 4° del artículo 108 del Código Penal Vigen.....