RESOLUCIÓN N° PJ007-2013-000127. Se decreta el sobreseimiento de la presente causa, seguida a los ciudadanos JUAN BAUTISTA BRITO, EMERI RAFAEL BLANCA FIGUEROA y OCTAVIO RAFAEL VELASQUEZ MARCANO, titulares de la cédula de identidad Nº 20.023.668, 17.486.268 y 17.487.737, respectivamente, al aparecer extinguida la acción, por prescripción extraordinaria de la acción penal, de conformidad con las previsiones de los artículos 300 numeral 3°, 301 del Código Orgánico Procesal Penal, 108 numeral 5°, 109 y 110 del Código Penal. Se decreta el cese de las medidas de coerción personal, dictadas con ocasión al presente procedimiento, con autoridad de cosa Juzgada.