Este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial del Estado Monagas, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: La interrupción del debate, debiendo iniciarse nuevamente el Juicio Oral y Público en el asunto penal seguido al acusado; LUIS NELSON MOROCOIMA; en virtud de que el debate no se reanudó por mas de once (11) días hábiles, ello de conformidad con el artículo 337 del Código Orgánico Procesal Penal.-