Se DECLARA SIN LUGAR la solicitud interpuesta por la ABG. MARISEL RONDON; en favor del Acusado; ABRAHAN ANDRADE, razón por la cual a esos dos (2) años calendario se le adiciona los días en los cuales no fue posible la celebración y culminación del presente Juicio por inasistencia del Acusado, el Ministerio Publico, sus Defensores, y los producidos por las Huelgas Carcelarias, como consecuencia se MANTIENE LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD que pesa sobre el acusado de autos, y la presente causa esta en el desarrollo del debate oral y publico se fija Fecha para la Constitución de Tribunal el 30 de Enero 2012 del a las 10:30 de la mañana.- Regístrese la presente decisión, déjese copia, notifíquese y líbrese Boleta de Traslado al acusado para notificarlo de la decisión.