Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial penal del estado Monagas, Acuerda el Cambio de Sitio de Detención al Internado Judicial de Oriente, denominado "La Pica", de la acusada; MARIA ELENA RAMOS, a los fines de salvaguardar los derechos, tanto a la integridad física como la vida de la acusada, con fundamento en lo preceptuado en el Artículo 43 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. Ordenándose librar Oficio dirigido a la Policía del Estado Monagas a los fines de que procedan a trasladar a al aludida acusada al Internado Judicial de Oriente, así como se Oficie al Director del Dicho Internad Judicial de Maturín para que sea recibida y colocada en una de las instalaciones de ese centro Penitenciario donde se le garantice su seguridad.