Se suscribe auto ratificando la decisión de fecha 22-05-2014, donde se declaro procedente acordar el Cambio de Lugar de Reclusión del acusado y su retorno al Internado Judicial Penal del Estado Monagas, a los fines de salvaguardar el derecho a la vida que le asiste al acusado LUIS DAVID HERNANDEZ LUNA, conforme a lo establecido en el articulo 43 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, ordenando sea trasladado desde el Internado Judicial Penal de Puente Ayala del Estado Anzoátegui, hasta el Internado Judicial Penal del Estado Monagas. En consecuencia este Tribunal ratifica la decisión de fecha 22-05-2014. Cúmplase-