PRIMERO: DECLARA NO CULPABLE y en consecuencia ABSUELVE al ciudadano ASDRUBAL ARY SANCHEZ, Venezolano, Titular de la Cedula de Identidad N° V- 11.776.912, de 36 años de edad, soltero, de profesión u oficio enfermero, natural de esta ciudad, domiciliado en Silencio de Campo Alegre, Calle Principal, casa S/N, Maturín Estado Monagas, de los hechos por los cuales fue imputado, definido doctrinalmente como ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE, previsto y sancionado en el Art. 260 de la Ley Orgánica de la Ley para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, concatenado con el articulo 259 ejusdem, y las agravantes establecidas en los articulo 77 del Código Penal, en sus Ordinales 8vo y 9no. SEGUNDO: Dada la sentencia absolutoria antes decretada del ciudadano, ASDRUBAL ARAY SANCHEZ se decreta su Libertad Plena, se Ordena el cese de la Medida Cautelar impuesta al imputado. TERCERO: Se exime del pago de costas procesales al Representante del Ministerio Público, como consecuencia de la Absoluto.....