Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, Decreta la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL y por ende el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida al acusado JAIRO JOSÉ FIGUERA VILLARROEL, venezolano, de 35 años de edad, Estado Civil: Soltero, hijo de: Mauricio Figuera (V) y de Cruz Mercedes Villarroel (V), de profesión u oficio Vendedor de Perrocalientes en la Calle El Hambre de Maturín, natural de Maturín Estado Monagas, nacido en fecha 06/12/1973, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 11.776.092, de conformidad con los Artículo 103 del Código Penal Vigente, en concordancia con los Artículos 48, Numeral 1°, 318 Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal Vigente. Una vez firme la decisión se remitirá las actuaciones al archivo definitivo para su custodia y cuido. Notifíquese a l.....