Por todas los razonamientos antes expuesta, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA EL ABANDONO DE LA QUERELLA interpuesta por el ciudadano WALID ABOUL HIONS YABRUDY, titular de la Cédula de Identidad V- 11.690.634, en su condición de representante legal de la Empresa INMOBILIARIA WAY 777, C.A, debidamente asistido por la Abogada en ejercicio MARIA MERCEDES LÓPEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°. 146.382, en contra de la ciudadana MITSABEL BADUEAL, por la presunta comisión del delito de Injuria Agravada, conforme a lo establecido en los artículos 444 del Código Pena. En cuanto a la calificación de si la acusación es temeraria o maliciosa, quien decide juzga se abstiene de declararlo en razón de que con los elementos de juicio existentes al momento, no son suficientes para determinar la.....