Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Órgano Jurisdiccional administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad que le confiere la Ley; NIEGA LA SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA al penado ARGENIS JESUS MEDINA, titular de la cedula de identidad, Venezolano, natural de Maturín Estado Monagas, nacido en fecha 19/12/1977, de 31 años de edad, Soltero, de ocupación Constructor, hijo de: Maigualida Medina (V), Titular de la Cédula de Identidad Nº V. 14.620.181, y domiciliado: Calle Principal de la Pica, Sector Joropo, casa S/N, a 30 metros de la cancha de bolas criollas del sector de Maturín Estado Monagas, actualmente recluido en el Internado Judicial de este Estado, por no reunir acumulativamente los requisitos contemplados en el artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal, para proceder a tal otorgamiento; ello sin menoscabar la posibilidad de practicársele nuevamente los estudios correspondientes, en un per.....