DISPOSITIVA
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Monagas, en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Ejecutada la sentencia definitivamente firme publicada en fecha 12-02-2009, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual CONDENÓ al penado LUIS ALBERTO TRUJILLO GUZMAN, arriba identificado, a cumplir la pena de TRES AÑOS DE PRISION, más las accesorias de Ley, por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano. SEGUNDO: Por cuanto el referido penado ha permanecido efectivamente privado de su libertad desde el día 01-08-2008, es decir por el lapso de SIETE MESES Y NUEVE DIAS, le falta por cumplir en definitiva la pena de DOS AÑOS, CUATR.....