DISPOSITIVA.
Por lo antes expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; ACUERDA NUEVAMENTE el traslado del penado identificada ut-supra a la Sede del Internado Judicial Penal del Estado Miranda, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 58 de la Ley de Régimen Penitenciario; autorizando al Director del Centro Penitenciario de Sabaneta, Estado Barinas, para que gestione todo lo relativo al traslado del penado hasta el Internado Judicial del Estado Miranda, Los Teques y una vez materializado dicho traslado deberá de una forma inmediata notificarle al Tribunal de dicho traslado; a los fines de librar el Exhorto correspondiente a los Tribunales de Ejecución del Estado Miranda, Los Teques, instándolo que deberá dar fiel cumplimiento con lo ordenado por este Juzgado, con lo dispuesto en el artículo 5 del Código Orgánico .....