Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Órgano Jurisdiccional administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley; REVOCA la formula alternativa de cumplimiento de pena conocida como DESTACAMENTO DE TRABAJO, otorgada en fecha 26/08/2008 al penado, Manuel José Vallejo Betancourt quien es Venezolano, mayor de edad, natural de Cumaná, Estado Sucre, nacido en fecha 19-09-1976, hijo de Manuel Américo Vallejo y de Laudelin Betancourt de Vallejo y, titular de la cédula de identidad N°V-13.051.545, antes domiciliado en la Urbanización La Llamada, Sector 1, Vereda 01, Casa N°21, Cumaná, Estado Sucre; por haber este incumplido con las obligaciones impuestas en su oportunidad para el disfrute de dicho beneficio post-pena. Todo se ajustó a lo preceptuado en el artículo 511 del Código Orgánico Procesal Penal; y en consecuencia se librará Orden de Captura en contra del precitado, quien deberá ser trasladado una vez se ma.....