DISPOSITIVA.
Por los razonamientos expuestos, es por lo que este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal, en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al penado ALBERTO ARCANGEL ROMERO, plenamente identificado Ut supra, con un Régimen de Prueba de UN (01) AÑOS, según el artículo 495 del Código Orgánico Procesal Penal; el cual será contado a partir de la notificación del penado de la presente decisión. En consecuencia líbrese Copia Certificada de la decisión al Jefe del Departamento de Vigilancia y Ejecución de Sanciones Penales y al Jefe de la Unidad Técnica de Apoyo Al Sistema Penitenciario. Notifíquese y cítese al penado a los fines de que concurra para imponerse de la presente decisión de manera personal, particípese al Alguacilazgo de las presentaciones. Cúmp.....