DISPOSITIVA
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: La CONMUTACIÓN del resto de la pena impuesta al penado YHONNY JOSÉ BRITO en CONFINAMIENTO, quedando en definitiva la pena confinada en DOS (2) AÑOS Y OCHO (8) MESES DE PRESIDIO, que concluirá en fecha 14-02-2009 A LAS 12:00 HORAS DE LA NOCHE, fecha desde la cual comenzará a cumplir la pena accesoria prevista en el ordinal 3° del artículo 13 del Código Penal. SEGUNDO: Queda obligado el referido penado a residir durante el tiempo de la condena en el SECTOR LA PUENTE DE AGUAS NEGRAS, CASA N°. 10, NUEVA REPÚBLICA, DEL MUNICIPIO MATURÍN DEL ESTADO MONAGAS; asimismo, deberá presentarse CADA OCHO (08) DÍAS por ante Jefatura Civil del Municipio Maturín, ubicada en el Terminal de Pas.....