Por todo cuanto antecede es por lo que este Tribunal Primero de primera Instancia en lo Penal en Funciona de Ejecución Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela Por Autoridad de la Ley EMITE EL RESPECTIVO AUTO DE EJECUCIÓN Y COMPUTO, en razón de la sentencia condenatoria dictada en contra de los ciudadanos LUIS ALEXANDER PATRIZ PALACIOS, titular de la cédula de identidad Nº 16.026.439, JOSWILL ALEXANDER HERNANDEZ LARA, titular de la cédula de identidad Nº 15.376.607 y ADONIS JOSE BRAVO, titular de la cédula de identidad Nº 23.923.598, por la comisión del delito de: TRAFICO DE MATERIAL ESTRATEGICO previsto y sancionado en el artículo 34 DE LA LEY CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA Y FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN, Ello de conformidad con lo dispuesto en el ultimo aparte del artículo 472 y el artículo 474 ambos del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese al Fisc.....