En base a lo anteriormente expuesto, este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MONAGAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA y ORDENA la ACUMULACION de la causa NJ01-P-2003-00008 en la causa que será considerada como principal es decir, en la número NP01-P-2007-001449 que cursa por ante este Tribunal, y en definitiva la pena que deberá cumplir el penado NELSON JOSE MOSQUEDA DIAZ, titular de la cédula de identidad N° 14.940.006, será de CUATRO AÑOS Y NUEVE MESES DE PRISION por la comisión de los delitos de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE COAUTORIA Y ROBO IMPROPIO EN LA MODALIDAD DE ARREBATON, previstos y sancionados en los artículos 453 ordinal 4° en relación con el artículo 83 y 458 del Código Penal Vigente para la época de la comisión de los hechos, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 88 del Código penal.-
Se ACUERDA la realizació.....