Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Órgano Jurisdiccional administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad que le confiere la Ley; NIEGA LA SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA al penado LUIS ADRIAN BLANCO ARAY, titular de la cedula de identidad Nº 21.350.323, Venezolano, Natural de Maturín Estado Monagas, nacido en fecha 19/12/1989, de 20 años de edad, con Estado Civil: Soltero, hijo de: YAIUNURIS JOSEFINA ARAY (V) y de JOSE ANGEL BLANCO (V), domiciliado en la calle 6 Casa N°56, El Silencio, Maturín, Estado Monagas, , actualmente recluido en el Internado Judicial de este Estado, por no reunir acumulativamente los requisitos contemplados en el artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal, para proceder a tal otorgamiento; ello sin menoscabar la posibilidad de practicársele nuevamente los estudios correspondientes, en un período prudencial para verificarse si mantiene los mismos patrones conductuales o p.....