"DECLARA" acreedor del Beneficio de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo, al Penado JUAN CARLOS CABELLO QUIJADA, titular de la cédula 8.268.449, según lo Establecido en el Artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo o el Estudio, a razón de un día de reclusión por dos de Trabajo, reduciéndose la pena DIEZ (10) AÑOS y CUATRO (04) MESES DE PRESIDIO, a NUEVE (09) AÑOS, SEIS (06) MESES y DOCE (12) DIAS DE PRESIDIO.-