DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Organo Jurisdiccional administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad que le confiere la Ley, NIEGA el Permiso Ordinario requerido por el Consejo de Evaluación del Centro de Tratamiento Comunitario Francisco de Miranda, a favor del residente CARLOS JAVIER VASQUEZ PEREZ, titular de la cédula de identidad N° V-11.782.785; por estimar que el mismo no ha agotado el lapso mínimo de tres (03) meses en ese recinto para haberse emitido el primer informe conductual referido al Régimen Abierto que le fue acordado en fecha 13/8/2008; tal como lo pauta el artículo 14 del Reglamento Interno de los Centros de Tratamiento Comunitario.
Regístrese, diaricese y déjese copia certificada. Notifíquese al Fiscal Séptimo del Ministerio Público, al penado y su defensor. Remítase copia certificada de la presente decisión al C.T.C. "Francisco de Miranda". Provéase lo.....