DECLARA el Beneficio de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo, al penado JHONNY VELASQUEZ GOMEZ, titular de la cédula de identidad N° V-12.148.654, ampliamente identificado en autos anteriores; según lo establecido en el artículo 03 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo o el Estudio, a razón de un día de reclusión por dos de trabajo, quedando la pena impuesta que originalmente fue de DOCE (12) AÑOS DE PRESIDIO; en OCHO (08) AÑOS, NUEVE (09) MESES, CUATRO (04) DIAS y DOCE (12) HORAS DE PRESIDIO; redimiéndosele concretamente TRES (03) AÑOS, DOS (02) MESES, VEINTICINCO (25) DIAS y DOCE (12) HORAS. Todo se realizó de conformidad con lo dispuesto en los artículos 05 y 06 ejusdem.