SEGUNDO: Ahora bien, al penado LUIS ENRIQUE TORRES MARCANO, las fórmulas alternativas al cumplimiento de la pena, y el Confinamiento se le podrán otorgar a partir de las siguientes fechas:
1.- DESTACAMENTO DE TRABAJO: al extinguirse un cuarto (1/4) de la pena; esto es, UN (01) AÑO y SEIS (06) MESES; es decir, en fecha 10/01/2010 a las 12:00 horas de la noche;
2.- REGIMEN ABIERTO: al cumplir un tercio (1/3) de la pena, es decir, DOS (02) AÑOS; a partir del día 10/07/2010 a las 12:00 horas de la noche;
3.- LIBERTAD CONDICIONAL, al cumplirse o extinguirse las dos terceras (2/3) partes de la pena, es decir, a los CUATRO (04) AÑOS; esto es a partir del día 10/07/2012 a las 12:00 horas de la noche;
4.- La CONMUTACION DE LA PENA EN CONFINAMIENTO, al extinguirse las tres cuartas (3/4) partes de la pena; a saber, a los CUATRO (04) AÑOS y SEIS (06) MESES; o sea, a partir del día 10/01/2013 a las 12:00 horas de la noche.
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