"DECLARA" acreedor del Beneficio de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo, al Penado PRADO ALREDO JOSE, titular de la cédula 17.721.720, según lo Establecido en el Artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo o el Estudio, a razón de un día de reclusión por dos de Trabajo, reduciéndose la pena TRECE (13) AÑOS y SEIS (06) MESES DE PRISION, a DOCE (12) AÑOS, DOS (02) MESES, DOS (02) DÍAS y DOCE (12) HORAS DE PRISION. -