Vista la solicitud interpuesta por el penado JUAN GABRIEL HERNÁNDEZ JIMÉNEZ titular de la cédula de identidad Nº V-15.133.553, nacido en fecha 20/03/80, de edad 28 años, natural de Caracas Distrito Capital, de profesión u oficio, Obrero, estado civil casado, hijo de Mabel Jiménez (V) y de Marcos Antonio Hernández domiciliado en Sector 19 de Abril, Calle 09, Casa 434, cerca de la Bodega Sr. Carlos Punta de Mata Estado Monagas, condenado a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRISION, mas las penas accesorias contenidas en el articulo 13 del Código Penal Venezolano, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el articulo 458 en concordancia con el artículo 80 ejusdem, en perjuicio de JESÚS RAFAEL BONAFINA y JOSE RAMÓN BOLÍVAR y quien disfruta de la medida alternativa de cumplimiento de pena de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena por TRES (3) AÑOS,, donde solicita sea transferido a la Coordinación Regional C.....