Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, "Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. "DECLARA" acreedor del Beneficio de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo, al Penado REGULO ELIEZER PEREZ SANTOYA, plenamente identificado, según lo Establecido en el Artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo o el Estudio, a razón de un día de reclusión por dos de Trabajo o estudio, reduciéndose la pena anterior de CUATRO (04) AÑOS, CUATRO (04) MESES Y VEINTE (20) DÍAS DE PRISIÓN, con la redención aquí acordada de DIEZ (10) MESES, UN (01) DIA Y DOCE (12) HORAS, la misma le queda en TRES (03) AÑOS, SEIS (06) MESES, DIECIOCHO (18) DIAS Y DOCE (12) HORAS DE PRISIÓN, evidenciándose que terminará de cumplir la pena el día 19-12-2011 a las 12.00 HORAS DE LA NO.....